1. Antecedentes históricos de las nomenclaturas uniformes.
1.1. Nomenclatura de Bruselas
1.2. Nomenclatura de Ginebra
1.3. Clasificación Tipoe para el Comercio Internacional
1.4. El Comité Aduanero y el Consejo de Cooperación Aduanera.
1.5. Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA).
2. La importancia de identificar el código arancelario de las mercancías.
2.1. Identificación de la Política Comercial.
2.2. Identificación de los Derechos Arancelarios.
2.2.1. Derecho Ad Valorem
2.2.2. Derecho específico.
2.2.3. Derecho mixto.
2.2.4. Derecho compuesto.
2.3. Medidas de economía arancelaria.
2.3.1. Contingentes y plafonds.
2.3.2. Derechos antidumpling y antisubvención.
2.4. La función de control de la Aduana.
3. La Codificación Arancelaria de las Mercancías en la Unión Europea
3.1. Sistema Armonizado de la NCCA.
3.1.1. La versión española del Sistema Armonizado.
3.2. Nomenclatura Combinada (NC) de la Unión Europea.
3.3. Arancel Integrado de las Comunidades Europeas (TARIC).
4. Cómo clasificar arancelariamente las mercancías
4.1. La Nomenclatura.
4.1.1. El Código y las Descripciones.
4.1.2. Textos Auxiliares que no forman parte del Convenio
4.1.2.1. Notas explicativas.
4.1.2.2. Criterior de clasificación.
4.1.2.3. Índice de productos
4.1.2.4. Base de datos.
4.3. Reglas Generales de Clasificación
4.4. Regla General Primera. La determinación de la partida
4.5. Regla General Segunda. Condiciones en las que se pueden presentarse las mercancías.
4.6. Regla General Tercera. Artículo de cosntitución compleja, mezclas y surtidos.
4.7. Regla General Cuarta. Mercancías sin posible encuadre clasificatorio.
4.8. Regla General Quinta. La presentación comercial.
4.9. Regla General Sexta. Determinación de la subpartida.
5. La Información Arancelaria Vinculante (IAV)
5.1. Cuándo utilizarla
5.2. Cumplimentación
5.3. Plazos